Durante siglos, el territorio fue tierra, fronteras y mapas. Hoy el territorio también es el cuerpo.
El cuerpo de las mujeres.
El cuerpo de las personas migrantes.
El cuerpo de quienes no encajan en la norma.
No es una metáfora exagerada. Estamos hablando de una realidad jurídico y política.
Las decisiones sobre reproducción, identidad de género, acceso a tratamientos médicos, interrupción del embarazo, vientres de alquiler o edición genética no son solo debates morales. Son debates sobre soberanía. Sobre quién decide sobre nuestro cuerpo. Sobre qué poder se ejerce y sobre quién recae.
El bioderecho surge precisamente en ese cruce incómodo entre avances científicos y límites jurídicos. La biotecnología avanza a una velocidad que el derecho apenas consigue acompañar. Y en ese desfase, el cuerpo se convierte en campo de disputa.
Lo vemos cuando se restringe el derecho al aborto bajo argumentos de protección de la vida que, en la práctica, subordinan la autonomía de las mujeres. Lo vemos cuando la gestación subrogada se convierte en un mercado transnacional donde las desigualdades económicas atraviesan fronteras. Y lo vemos cuando la identidad de género se somete a procedimientos médicos o validaciones administrativas para ser reconocida legalmente.
Nuestro cuerpo deja de ser un espacio íntimo para convertirse en un espacio regulado.
Desde el punto de vista jurídico, la autonomía corporal es una extensión directa de la dignidad humana. Así lo recogen múltiples marcos internacionales de derechos humanos. Pero en la práctica, la cosa cambia. Esa autonomía no se distribuye de forma igual. No todos los cuerpos gozan del mismo margen de decisión.
El cuerpo de una mujer pobre no tiene la misma capacidad de negociación que el de una mujer de clase alta. El cuerpo de una persona migrante no se protege igual que el de un nacional. El cuerpo racializado suele estar más expuesto a controles biométricos, vigilancia y sospecha institucional.
En definitiva, el territorio corporal está atravesado por relaciones de poder.
Y aquí es donde el feminismo jurídico resulta imprescindible. Porque no basta con hablar de libertad individual en abstracto. Hay que preguntarse quién tiene realmente las condiciones materiales para ejercerla. La autonomía no es una mera declaración normativa; es también una cuestión de contexto social.
Cuando el Estado legisla sobre reproducción, identidad o acceso a tecnologías biomédicas, no está regulando un detalle técnico (¡ni mucho menos!). Está delimitando los contornos de la ciudadanía. Está definiendo qué cuerpos son plenamente sujetos de derecho y cuáles quedan condicionados, supervisados o instrumentalizados.
En un momento en el que la biotecnología abre posibilidades inéditas —desde la edición genética hasta la expansión de los mercados reproductivos globales— el riesgo no es solo científico. Es político. Si no existe una gobernanza clara, con enfoque de derechos y perspectiva de género, las desigualdades pueden reproducirse a nivel biológico y jurídico.
El cuerpo como territorio político no es una consigna, es una advertencia.
Cuando el derecho se queda atrás, otros actores ocupan el espacio: el mercado, la moral dominante o la geopolítica. Y en ese escenario, la autonomía corporal deja de ser un derecho garantizado para convertirse en una variable negociable.
Defender el cuerpo como espacio de decisión propia no es una reivindicación identitaria. Es una exigencia democrática.
Y en el siglo XXI, probablemente sea una de las más urgentes.




